PÁGINAS WEB PARA ESAL Asociaciones, Fundaciones, Corporaciones y Cooperativas

SOBRE NOSOTROS

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Creación de Página Web con dominio propio para Asociaciones, Fundaciones, Corporaciones y Cooperativas que sean Entidades sin Ánimo de Lucro y que pertenezcan al Régimen Tributario Especial (ESAL), las cuales tienen hasta el 31 de marzo de 2021 para presentar el proceso de Calificación o Actualización de Registro Web. Además de cumplir con los requisitos para el trámite ante la Dian, nuestras Páginas Web ofrecen la posibilidad de dar a conocer la entidad incluyendo toda la información de la misma, mejorar la comunicación, aparecer en buscadores como Google y mucho más.

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CONCEPTOS

CALIFICACIÓN

Mediante este trámite las ESAL podrán solicitar su calificación al Régimen Tributario Especial y de esta forma acceder a los beneficios tributarios que este ofrece. En caso de que sean excluidas del RTE por estar incursa en alguna de las causales de exclusión relacionadas en el artículo 364-3 del Estatuto Tributario, podrá presentar nuevamente solicitud de calificación al RTE cuando haya pasado un (1) año de su exclusión.


READMISIÓN

Entidades del Sector Solidario De acuerdo con el artículo 19-4 del Estatuto Tributario, las cooperativas, sus asociaciones, uniones, ligas centrales, organismos de grado superior de carácter financiero, las asociaciones mutualistas, instituciones auxiliares del cooperativismo, confederaciones cooperativas, previstas en la legislación cooperativa, vigilados por alguna superintendencia u organismo de control pertenecen al Régimen Tributario Especial – RTE y por lo tanto, no requieren calificarse en el mencionado régimen, salvo en los casos que sean reclasificadas al régimen ordinario, por no presentar anualmente el proceso de actualización del registro web, o porque sea excluida por encontrarse incursa en alguna de las causales de exclusión relacionadas en el parágrafo 3 del artículo 364-3 del Estatuto Tributario. En ese caso, podrá optar por pertenecer nuevamente al RTE, siempre y cuando, hayan transcurridos 3 años de su exclusión.


ACTUALIZACIÓN

De acuerdo a lo señalado en el artículo 364-5 del E.T. las entidades sin ánimo de lucro y del sector cooperativo clasificados en el RTE deberán actualizar anualmente la información en el Registro Web, en los primeros 3 meses de cada año, iniciando a partir del año 2019.

Es importante precisar que el concepto de actualización comprende dos aspectos, a saber:

  1. La actualización de la información en el registro web, cuya periodicidad es anual.
  2. La actualización de la calidad contribuyente pertenecientes al Régimen Tributario Especial en el RUT a que se refiere el artículo 356-3 del E.T., adicionado por el artículo 149 de la Ley 1819 de 2016, la cual se hace con la presentación de la declaración de renta como contribuyente del RTE.



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